disponemos de 171 casas
Descubre casas, chalets y adosados en alquiler en cualquier provincia de España. Alquilar una casa es la mejor opción si buscas más espacio, privacidad o un jardín para los niños, sin asumir el compromiso de una compra. Encontrarás opciones tanto para alquiler de larga temporada como para alquiler vacacional, con información detallada de metros de parcela, número de habitaciones, estado y servicios incluidos. Filtra por provincia y encuentra la casa que se adapte a tu familia y a tu presupuesto.
Todas las casas detallan si tienen jardín, terraza o piscina.
Filtra casas donde se admiten mascotas, muy útil en alquiler.
Plazas de garaje propias o comunitarias casi siempre incluidas.
Adosados, pareados, chalets independientes o casas rurales.
Alquiler de larga temporada o vacacional, tú decides.
Trata directamente con el propietario del inmueble.
Pon tu anuncio GRATIS, vende y/o alquila tu piso o casa rápidamente, es muy sencillo, en solo 2 pasos tendrás tu anuncio publicado.
Sube tu anuncio ya
Conoce toda la información estadística sobre la evolución del precio de la vivienda de segunda mano en venta en España.
Más información
Calcula en 2 minutos el valor de mercado de tu vivienda. Con nuestra herramienta de valoración online conocerás su precio aproximado de venta.
Tasar vivienda GRATIS
Depende de la zona. En términos absolutos, la renta de una casa suele ser mayor que la de un piso de similares características, pero el precio por metro cuadrado suele ser más bajo. Además, muchas casas incluyen garaje y jardín, lo que compensa.
Si alquilas una casa con jardín o piscina, el mantenimiento puede correr por cuenta del inquilino o del propietario. Debe quedar reflejado en el contrato. Como norma general, el mantenimiento ordinario (cortar el césped, limpiar la piscina) suele ser del inquilino.
Sí, es una figura habitual. Se firma un contrato de alquiler con opción a compra en el que parte de la renta se descuenta del precio de compra si se ejerce la opción. Es importante que lo revise un abogado.
Igual que en los pisos: si es vivienda habitual, mínimo 5 años (7 si el arrendador es empresa). Para alquiler vacacional, la duración es la que acuerden las partes.
Normalmente DNI, contrato de trabajo o últimas nóminas, y en algunos casos avalista o seguro de impago. Para alquiler vacacional, basta con DNI y método de pago.