Mi cuenta se acaba... y yo sin hipoteca

ABC - Pocos consumidores imaginaban hace cuatro años que el mercado inmobiliario sufriría una crisis como la actual. Y muchos de ellos, sobre todo jóvenes, se embarcaron en la aventura de abrir una cuenta-vivienda con tres objetivos: ahorrar antes de comprar un piso; obtener una rentabilidad generosa por ese dinero; y, sobre todo, beneficiarse de la deducción correspondiente en la declaración de la renta. «Dentro de cuatro años, ya me podré comprar un piso», pensaría la mayoría.

Pero ahora se acerca el final de ese periodo para muchos de estos futuros hipotecados. Y se encuentran en una encrucijada: no pueden mantener activas sus cuentas-vivienda más allá de cuatro años, pues es el límite legal marcado por el Ministerio de Economía para poder beneficiarse de la deducción del 15 por ciento; y, al mismo tiempo, no obtienen créditos hipotecarios por parte de la banca, pues el «grifo» se encuentra prácticamente cerrado .

¿Qué solución existe? Ninguna, excepto devolver a la Agencia Tributaria todas las cantidades deducidas durante cuatro ejercicios, correspondientes a las aportaciones realizadas en las cuentas-vivienda. O sea, que, además de no obtener hipoteca, muchos se verán obligados probablemente a pedir un préstamo personal para poder abonar ese dinero a Hacienda. No son cantidades baladíes. La deducción de las cuentas-vivienda es del 15 por ciento. Un porcentaje que hay que aplicar sobre las aportaciones que se realicen durante un ejercicio. El límite legal para beneficiarse de esa deducción eran 9.015 euros en concepto de aportación, lo que suponía un ahorro fiscal de 1.352 euros en cada ejercicio. Si una persona ha apurado al máximo esos límites, transcurridos cuatro años, habrá obtenido una rebaja fiscal de 5.409 euros. Esto es, algo más de las antiguas 900.000 pesetas, que ahora deberá devolver a la Agencia Tributaria.

Y es que, no existe ninguna otra posibilidad legal de esquivar este pago. Si, transcurridos cuatro años, el contribuyente no destina ese dinero ahorrado en la cuenta vivienda para comprar una casa, la deducción debe ser reintegrada al Estado. «¿Y qué ocurre si no me dan el crédito?», se preguntarán. Pues que no hay otra solución. Únicamente, podría solicitar una prórroga de ese plazo a la Agencia Tributaria. Pero no es una opción contemplada en la Ley. Ante esta situación, el PP ha presentado una medida que podría beneficiar a quienes se encuentren en esta tesitura: prolongar el plazo legal para beneficiarse de la deducción hasta seis años, frente a los cuatro actuales. Es decir, dos años más en los que, se supone, la actual situación financiera debería calmarse y así poder adquirir una vivienda en condiciones de mercado «normales». A la propia ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, le ha parecido «razonable» ampliar este plazo, «aunque la decisión final depende del Ministerio de Economía», apuntó la ministra. Dicho y hecho. Fuentes del departamento que dirige Pedro Solbes han asegurado que, por el momento, entre los planes del Ministerio no se encuentra el de ampliar este plazo. Por tanto, los sufridos consumidores a quienes se les cumpla el plazo legal para adquirir una vivienda y pagarla, en parte, con este dinero que han venido ahorrando en los últimos años, deberán abonar la correspondiente cuantía de la deducción. Y no sólo eso, sino que también deberían devolver el importe íntegro de los intereses que hayan obtenido por parte de sus respectivas entidades a la hora de operar con este producto.

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