Las hipotecas actuales cambiarán con la nueva ley, pero no mucho

La nueva ley hipotecaria que entrará en vigor en marzo de 2019 (si se cumplen las previsiones) incluirá medidas muy positivas para los clientes: reducirá los gastos de constitución al mínimo, abaratará la amortización anticipada, endurecerá las condiciones para poder embargar la casa tras un impago reiterado… Pero ¿cuántas de ellas se aplicarán también en las hipotecas firmadas antes de su promulgación? Según el comparador HelpMyCash, algunos artículos sí tendrán carácter retroactivo, aunque la inmensa mayoría no lo serán.

La retroactividad del vencimiento anticipado

Uno de ellos será el referente al vencimiento anticipado, que es el paso que debe dar el banco para resolver el contrato ante una demora reiterada si quiere ejecutar la hipoteca. En Marzo, cuando entre en vigor la nueva ley hipotecaria, las entidades solo podrán pedir el embargo de la vivienda si el impago alcanza las 12 mensualidades (o un 3% del principal del préstamo) durante la primera mitad de vida del contrato, una cifra que aumenta hasta las 15 cuotas (7% del capital) para el resto del plazo.

Esta medida es una de las pocas que tendrán carácter retroactivo, es decir, que se aplicarán tanto en las hipotecas que se firmen tras la entrada en vigor de la ley como en las que se hayan contratado antes. Por lo tanto, ponga lo que ponga en la escritura de los préstamos hipotecarios anteriores, sus cláusulas de vencimiento anticipado se modificarán para adaptarse a la nueva normativa.

Pasarse del variable al fijo será más barato para todos

Los que hayan firmado su hipoteca antes de que entre la nueva ley en vigor también podrán aprovecharse del abaratamiento de las comisiones para pasarse del tipo variable al fijo. Y es que esta normativa establece la retroactividad del apartado que reduce el gasto de esta operación, una medida tomada para incentivar que los consumidores se decanten por el interés constante y no tengan problemas financieros por culpa de la inestabilidad de los índices de referencia.

En concreto, los que decidan cambiar el interés de su hipoteca variable para pasarse al tipo fijo tendrán que pagar una comisión máxima del 0,15%, ya se lleve a cabo con una novación (acuerdo con el propio banco) o con una subrogación de acreedor (traslado a otra entidad). Además, si la modificación se produce a partir del cuarto año de vida del préstamo, el banco no podrá cobrar ningún tipo de compensación.

El resto de medidas, solo para las nuevas hipotecas

Estas dos medidas son, según el texto que votará el Senado en los próximos meses, las únicas que tendrán carácter retroactivo. El resto de los artículos se aplicarán solamente en aquellas hipotecas que se firmen tras la entrada en vigor de la normativa, así que los que se hayan hipotecado antes no podrán exigir su cumplimiento.

Esto afecta a dos de las medidas estrella de la nueva ley hipotecaria: el nuevo reparto de los gastos de constitución, que correrán mayoritariamente por la cuenta del banco (menos la tasación) y el abaratamiento de las comisiones por amortización anticipada. En ambos casos, a los que hayan firmado su hipoteca antes de la promulgación de esta normativa se les aplicará la regulación vigente en el momento de la contratación.

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