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GARANTÍAS DEL SEGURO DEL HOGAR
BÁSICAS
Revise las limitaciones, franquicias y las exclusiones de las
garantías de su póliza:
- Daños por incendio, explosión y rayo: se cubren todos los gastos que ocasionen estos sucesos,
sufridos por los bienes asegurados (véase contenido y continente).
- Actos vandálicos o malintencionados acciones
tumultuarias. Impactos exteriores, incluso los causados por
vehículos, aviones y barcos u objetos que provengan de los mismos.
- Riesgos extraordinarios y catastróficos : terremotos y maremotos (inundaciones extraordinarias),
erupciones volcánicas
- Tormentas, cuando la velocidad del
viento es superior a un valor determinado o cuando la cantidad de
lluvia por metro cuadrado supera una cantidad variable según la
compañía. Daños producidos por el agua que penetre a través de
tejados, balcones o ventanas a consecuencia de filtraciones en
tejados o desbordamientos en canalones y conductos de desagües
superiores. También cubren el granizo, la nieve de cualquier
intensidad y las inundaciones. Se excluyen los daños causados por
filtraciones en pisos bajos, aguas subterráneas o residuales, o si
ocurren como consecuencia de un mal estado de mantenimiento de la
comunidad.
- Escapes de agua en instalaciones hidráulicas sin intervención
de fenomenos atmosféricos.
- Gastos derivados:
Salvamento,demolición y desescombro, actuación de bomberos,
permisos de reconstrucción.- Importe del alquiler de la vivienda
asegurada que sea necesario desalojar temporalmente con motivo de
siniestro indemnizado por la Aseguradora.
- Cristales, lunas y cristales, mármoles, loza sanitaria,
placas vitrocerámicas.
- Dinero y títulos valores, que se
encuentren en la vivienda, contra todos los riesgos asegurados,
hasta una cantidad máxima establecida por la Aseguradora.
- Responsabilidad Civil: esta
cobertura, garantiza el pago de las indemnizaciones de las que
pueda resultar civilmente responsable el asegurado, por los daños
materiales y corporales, así como los perjuicios derivados de
estos, causados a terceras personas, por actos u omisiones
cometidos por el asegurado mediante culpa o negligencia. También
incluye al cónyuge del asegurado, los hijos y familiares
consanguíneos que convivan con el asegurado, así como su personal
doméstico.
En general cubre Responsabiliad Civil derivada de:
- Propiedad de la vivienda (RC Inmobiliaria)- Inquilino frente
al propietario y vecinos por incendio y explosión (RC Locativa),
es incompatible con la anterior.- Animales domésticos - vehiculos
sin motor
Las pólizas más completas incluyen como coberturas
básicas :
Daños eléctricos, a instalaciones y aparatos (excluyendo los de
cierta antigüedad) · Bienes refrigerados, por avería del frigorifico
o corte de electricidad (excluidos los de cierta antigüedad) · Daños
estéticos, cubren los gastos derivados de recuperar el valor
estético después de un siniestro (por ejemplo cubren el pintado de
una habitación completa por una mancha de agua) · Gastos de
localización de la avería, con un límite máximo. · Omisión de cierre
de grifos, de las instalaciones hidráulicas · Jardines, arboledas y
mobiliario de jardín, frente a los riesgos de las garantias básicas
· Desplazamiento temporal del contenido, cubren los bienes en otras
ubicaciones y en el transporte · Animales domésticos · Reclamaciones
a terceros, con limitaciones
GARANTÍAS OPTATIVAS
Revise las limitaciones y las exclusiones de todas garantías
en su póliza:
- Robo · Robo, expoliación (robo con
violencia o intimidación)
- Hurto (robo sin desperfectos )
- Desperfectos por robo, en la vivienda
- Robo o extravío de llaves
- Reposición de documentos
- Uso fraudulento de tarjetas de crédito
- Bienes de terceros
- Atraco fuera del hogar ·
- Asistencia domiciliaria o Envío de operarios,
tras un siniestro, para realizar las primeras
operaciones urgentes. o Sustitución temporal de determinados
aparatos electrodomésticos tras un siniestro cubierto. o Puesta en
contacto con profesionales para realizar obras de reparación o de
reforma en la vivienda asegurada
- Asistencia a las personas o Traslado o repatriación del asegurado fallecido y de los demás
acompañantes del asegurado durante viajes temporales. o Traslado o
repatriación del asegurado en caso de enfermedad o lesión del
asegurado. o Asistencia sanitaria por lesión o enfermedad del
asegurado en el extranjero. o Prolongación de la estancia del
asegurado en el extranjero por lesión o enfermedad.
- Accidentes individuales: Mediante
esta garantía, que en ningún caso tendrá la consideración de
mejora de las prestaciones de la Seguridad Social, se cubre la
muerte o invalidez permanente de las personas que se expresan en
las Condiciones Particulares de la póliza, que con carácter fijo
estén al servicio dentro de la vivienda asegurada, ocurridas en el
ejercicio de la función que tengan asignada y como consecuencia de
un accidente
- Muerte Accidental la pérdida de la vida del Asegurado,
sobrevenida como consecuencia de un accidente o por resultado
directo y comprobado de las heridas o lesiones sufridas en el
mismo
- Invalidez permanente: la pérdida de
la capacidad física del Asegurado como consecuencia de un
accidente, del que se derivan pérdidas anatómicas o impotencia
funcional absoluta y definitiva de miembros u órganos del mismo.
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