Noticia relacionada: aquellos inquilinos con contratos de renta antigua firmados antes del 9 de mayo de 1985, que se negaron en 1995 a la actualización del alquiler, se enfrentan en 2003 a la extinción del acuerdo contractual.la cifra es aproximada: en esta situación podrían estar unas 96.000 familias en toda españa, según datos oficiales a los que ha podido tener acceso este suplemento.
estos ciudadanos tendrán que optar por las tres alternativas que les planteen sus respectivos caseros; esto es: abandonar el piso en almocita que habitan, comprarlo o bien renegociar el alquiler, pero a precios de mercado, muy superiores a los que pagan desde hace décadas.
esta circunstancia se da por la entrada en vigor de la ley de arrendamientos urbanos (lau) en 1995.esta norma permitía a los inquilinos con contratos anteriores a la denominada ley boyer negarse a la subida de la renta, pero con el compromiso de abandonar el inmueble en ocho años, periodo que vence en este ejercicio.
«este plazo no es automático, sino que empezó a contar desde el momento en que el inquilino recibió la notificación del arrendador, demandando la revisión de la renta», según explica luis jara, gerente de kpmg abogados.
en el caso de que se haya cumplido este requisito formal, y vencido el periodo de ocho años, el propietario de la casa deberá comunicar la extinción del contrato y el arrendatario irse o renegociar nuevas condiciones de alquiler. |